Algunas comunidades mejoran el decreto del gobierno y establecen una Tarifa Cero para nuevos autónomos como en Madrid, Andalucía y Murcia.
Como ya informaba nuestro departamento de Asesoría Laboral en un artículo anterior, el próximo 1 de enero entra en vigor el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio de 2022, que establece una tarifa reducida para autónomos que inicien su actividad en 2023 de 80 euros.
Esto supone el fin de la llamada Tarifa Plana para autónomos que se ve sustituida por la nueva Tarifa Reducida por lo que algunas Comunidades Autónomas han decidido Bonificar a los autónomos que inicien por primera vez su actividad a partir del próximo 2023 bajo el nuevo sistema de cotización por ingresos reales.
Hay que señalar que se trata de una ayuda que la Presidenta de la Comunidad de Madrid anuncio en el Debate sobre el Estado de la Región el día lunes 12 de septiembre de 2022. Luego es una propuesta aún no aprobada oficialmente.
A Quién va dirigida la tarifa cero para nuevos autónomos de la Comunidad de Madrid
En la Comunidad de Madrid podrán acceder a la llamada «Tarifa Cero» todas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- No haber estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los dos últimos años.
- No ser autónomo colaborador.
- No encontrarse en situación de pluriactividad.
- No tener deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
- Estar dado de alta en la tarifa plana estatal de 80 euros.
Según se anuncia en la Estrategia de Natalidad de protección a la maternidad y paternidad de la Comunidad de Madrid, esta nueva tarifa cero también implicaría a las mujeres autónomas que tengan derecho a cotización reducida al haber cesado por nacimiento o adopción siempre que reanuden su actividad dentro de los dos años siguientes a la fecha efectiva del cese.
Duración de la Tarifa Cero
La duración de la ‘Cuota Cero’ no será igual para todos los trabajadores por cuenta propia. Dependerá del rendimiento neto obtenido por el autónomo. De este modo, podrán disfrutar como mínimo de 12 meses de bonificación al 100%. Estos, se podrían ver ampliados hasta los 24 meses si el rendimiento neto no supera el SMI, al igual que sucede con la Cuota Reducida estatal.
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