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Guía del Impuesto sobre la Renta 2023 – Todo lo que necesitas saber

Si estás leyendo esto, es porque probablemente tienes algunas preguntas sobre el impuesto sobre la renta 2023. Y es normal, ya que se trata de una obligación fiscal que afecta a muchas personas en España. A lo largo de este artículo, nuestro departamento de asesoría fiscal te desvela todo lo que necesitas saber para entender este impuesto.

A modo de síntesis podemos decir que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo directo y personal que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad.

La regulación del IRPF se establece en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, por la que se aprueba la LIRPF y en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF.

¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas?

La definición del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas viene establecida en el artículo 1 de la Ley 35/2006: «El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas de acuerdo con su naturaleza y sus circunstancias personales y familiares«.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se caracteriza por ser un tributo:

      • Directo: ya que grava la riqueza en su manifestación de renta.
      • Personal: porque el hecho imponible está en relación con el sujeto pasivo.
      • Subjetivo: ya que tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares.
      • Analítico: porque se aplica un tratamiento diferente según el tipo de renta.
      • Periódico: porque el hecho imponible es continuo y se periodifica para su cobro.
      • Progresivo: porque se aplican escalas de tipos de gravamen progresivas.
      • Cedido: ya que se cede parcialmente a las Comunidades Autónomas.

Desarrollemos a continuación estas notas definitorias del IRPF para poder comprender su finalidad y funcionamiento.

¿Qué Rentas están sujetas al IRPF?

Para la declaración de impuestos, el contribuyente debe incluir todas las rentas que haya recibido durante el ejercicio, excepto las exentas. Estas rentas se clasifican según su origen, y pueden incluir:

  • Rendimientos del trabajo. Prestaciones recibidas por el desempeño de un trabajo por cuenta ajena.
  • Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Se refieren a las prestaciones recibidas por la cesión de bienes y derechos integrantes del patrimonio particular de la persona físicas.
  • Rendimientos de actividades económicas. Son el resultado de la actividad empresarial o profesional que desarrolla la persona física por cuenta propia.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales. Corresponden a las variaciones en el valor del patrimonio (empresarial o particular) de la persona física que se computan cuando se altera la composición del mismo, como por ejemplo en transmisiones de elementos, pérdidas justificadas, incorporación de elementos al patrimonio, entre otros.
  • Imputaciones de rentas. Se refieren a las rentas que se atribuyen a la persona física por disposición legal.

    Es importante destacar que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) incluye en su base imponible algunas rentas que no han sido percibidas efectivamente. Esta situación se conoce como imputación de rentas, y se produce cuando se presume que el contribuyente ha obtenido una renta, aunque no haya sido percibida.

    Por ejemplo, la imputación de rentas es común cuando un contribuyente es propietario de un inmueble que no ha sido arrendado durante el ejercicio. Aunque el inmueble se encuentre vacío y no haya generado ingresos, se presume que el contribuyente ha obtenido una renta, que se calcula en base al valor catastral del inmueble al momento de declarar.

Así, es importante tener en cuenta la naturaleza de cada una de estas rentas al momento de realizar la declaración correspondiente.

Rentas NO sujetas:

Destacamos, entre las contenidas en los artículos 6, 33 y 42 de la LIRPF:

  • La renta que se encuentre sujeta al impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD).
  • Las ganancias y las pérdidas que se pongan de manifiesto en la división de la cosa común o en la disolución de la sociedad legal de gananciales.
  • Las pérdidas debidas al consumo.
  • Las pérdidas debidas al juego en la parte que exceda de las ganancias del juego en el mismo periodo. En ningún caso se computarán las pérdidas derivadas de juegos sometidos al gravamen especial sobre los premios de loterías y apuestas (disp. adic. trigésima tercera de la LIRPF).
  • Las pérdidas debidas a transmisiones de elementos patrimoniales que en el plazo de un año vuelven a ser adquiridas por el mismo contribuyente (dos meses tratándose de acciones con cotización). La pérdida se computará cuando se produzca la posterior transmisión.
  • Las rentas generadas por transmisiones lucrativas a favor del cónyuge, descendientes o adoptados de una empresa individual, un negocio profesional o de participaciones en entidades del donante que reúnan los requisitos para no declararse en el impuesto sobre el patrimonio (IP), cuando:
    • El donante tuviese 65 o más años o se encontrase en situación de incapacidad permanente, en grado de absoluta o gran invalidez.
    • El donante dejará de ejercer y de percibir remuneraciones por el ejercicio de funciones de dirección desde el momento de la transmisión.
    • El donatario deberá mantener lo adquirido y tener derecho a la exención en el IP durante los 10 años posteriores, salvo fallecimiento.
  • Las variaciones patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones lucrativas por causa de muerte del contribuyente.
  • Las cantidades destinadas a la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo.
  • Las primas o cuotas satisfechas por la empresa en virtud de contrato de seguro de accidente laboral o de responsabilidad civil del trabajador.

Rentas Exentas:

Entre las rentas exentas destacan las contenidas en los artículos 7, 33 y 42 y las disposiciones adicionales trigésima cuarta y trigésima séptima de la LIRPF. Algunas de estas exenciones incluyen indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales, prestaciones públicas por actos de terrorismo, becas para estudios reglados, anualidades por alimentos, ganancias patrimoniales por la venta de la vivienda habitual de mayores de 65 años o personas en situación de dependencia severa o gran dependencia, y prestaciones por maternidad o paternidad y familiares no contributivas reguladas por la Ley General de la Seguridad Social.

Impuesto sobre la Renta 2022

Sujeto Pasivo. ¿Quiénes están obligados a presentar el IRPF?

La declaración del impuesto debe ser presentada y suscrita por los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas que tengan su residencia habitual en España, y que cumplan con alguna de las siguientes circunstancias:

A) Permanecer en territorio español durante más de 183 días, durante un año natural. Las ausencias esporádicas se computarán, a menos que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En caso de países o territorios considerados paraíso fiscal, la Administración tributaria puede exigir que se pruebe la permanencia en él durante 183 días.

B) Tener radicado en España el núcleo principal o base de sus actividades empresariales o profesionales o de sus intereses económicos, independientemente del lugar donde habitualmente resida.

C) Si el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de él residen habitualmente en España, se presume, salvo prueba en sentido contrario, que el sujeto pasivo tiene su residencia habitual en territorio español.

Además, deberán presentar y suscribir la declaración del impuesto las personas físicas de nacionalidad española que residen en el extranjero por ser miembros de misiones diplomáticas o de oficinas consulares españolas, representantes del Estado español en organismos internacionales o funcionarios españoles destinados en el extranjero.

No perderán la condición de contribuyentes las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia en un paraíso fiscal en el periodo en el que se efectúe el cambio y los cuatro periodos siguientes.

¿Cómo se calcula el impuesto sobre la renta?

El cálculo del IRPF se realiza mediante la división de las rentas obtenidas en dos bloques:

  • Rentas que se incluyen en la base imponible general.
  • Rentas que se incluyen en la base imponible del ahorro.

Según el bloque en el que se incluyan, las rentas estarán sujetas a diferentes tipos de gravamen según una escala establecida por reglamento. Para obtener la cuota a pagar, se aplicará un porcentaje o tipo impositivo a la suma de las rentas de cada bloque.

El tipo impositivo varía en función de la cantidad de renta que se tenga. Cuanto mayor sea la renta, mayor será el tipo impositivo que se aplicará. Además, el tipo impositivo también varía según el tramo de renta en el que se encuentre el contribuyente. En la actualidad, hay seis tramos de renta y cada uno tiene su propio tipo impositivo:

      • Tramo 1 (hasta 12.450 euros): 19%
      • Tramo 2 (de 12.450 a 20.200 euros): 24%
      • Tramo 3 (de 20.200 a 35.200 euros): 30%
      • Tramo 4 (de 35.200 a 60.000 euros): 37%
      • Tramo 5 (de 35.200 a 60.000 euros): 45%
      • Tramo 6 (más de 300.000 euros): 47%

Esta tabla es una estimación sumando el gravamen estatal y el autonómico, tomando como referencia para este segundo los tipos aplicables a los contribuyentes no residentes en España.

Una vez que se ha calculado la base imponible y el tipo impositivo correspondiente, se puede calcular el importe del impuesto a pagar. Es importante tener en cuenta que, en algunos casos, se pueden aplicar deducciones o bonificaciones que reduzcan el importe final del impuesto a pagar.

Impuesto sobre la Renta 2022

Actividades económicas de los contribuyentes: cómo calcular el IRPF

Cuando un contribuyente realiza una actividad por cuenta propia, debe calcular la parte del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente a la misma para incluirla en la Declaración de la Renta anual, junto con el resto de las rentas obtenidas.

Se considera que un contribuyente realiza una actividad económica cuando, por cuenta propia, utiliza medios de producción y recursos humanos para intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

Si el contribuyente obtiene rendimientos de una entidad en la que participa y estos están relacionados con actividades profesionales (según la Sección 2ª de las Tarifas del Impuesto de Actividades Económicas), se consideran rendimientos profesionales si el contribuyente está incluido en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA) o en una mutualidad de previsión social que actúe como alternativa.

El arrendamiento de bienes inmuebles se considera una actividad económica si se cuenta con al menos una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa.

El cálculo del IRPF en relación a una actividad económica se basa en el hecho imponible, que es la obtención de ingresos por parte de una persona física residente en España durante el periodo impositivo.

En el caso de actividades por cuenta propia, el rendimiento sobre el que se aplica el IRPF se calcula teniendo en cuenta el régimen fiscal al que esté adscrito el autónomo, profesional o empresario.

En cuanto a los métodos de determinación del rendimiento de las actividades económicas en el IRPF, existen dos opciones: (Véase el artículo: «Estimación objetiva o directa. ¿Cuál elegir?«)

  • Estimación directa: El rendimiento neto se calcula restando los gastos deducibles de los ingresos computables. En este método hay dos modalidades: Estimación directa normal y Estimación directa simplificada. El contribuyente puede elegir la modalidad, salvo si su cifra de negocios supera los 600.000 euros anuales, en cuyo caso debe tributar en Estimación directa normal obligatoriamente.

  • Estimación objetiva: El rendimiento se calcula mediante la aplicación de unos índices o módulos específicos para cada actividad. Esto implica que el pago del IRPF se realiza en base a un rendimiento estimado, no real. Los empresarios autónomos que realicen una de las actividades recogidas en la Orden anual que desarrolla el régimen pueden acogerse a Estimación Objetiva, siempre y cuando no rebasen los límites de exclusión que se establezcan. Este régimen es incompatible con la Estimación directa (con algunas excepciones).

Impuesto sobre la Renta 2022

¿Cómo se declara el impuesto sobre la renta?

Para declarar el impuesto sobre la renta, debes presentar la declaración de la renta. Esta declaración se realiza cada año y permite al contribuyente liquidar el impuesto sobre la renta. La declaración de la renta puede presentarse de forma telemática o presencial.

Existen varias formas de presentar la declaración de la renta telemáticamente:

      • A través de internet, en la página web de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario disponer de un certificado digital o Cl@ve PIN.
      • A través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, disponible para Android e iOS.

Si optas por la presentación presencial puedes hacerlo: 

      • En las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria previa solicitud de cita.

      • En las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales.

Además, puedes solicitar el asesoramiento de un profesional para realizar la declaración correctamente. Antes de presentar la declaración de la renta, es importante revisar toda la información y asegurarse de que está correcta.

Un asesor fiscal cuenta con el conocimiento especializado necesario para garantizar que tus impuestos se presenten correctamente y que estés aprovechando todas las deducciones y bonificaciones fiscales a las que tienes derecho, para optimizar el importe del impuesto a pagar o maximizar el importe a devolver.

Deducciones y bonificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Existen diferentes deducciones y bonificaciones que se pueden aplicar en la declaración de la renta para reducir el importe del impuesto a pagar o aumentar el importe a devolver. Algunas de las más comunes son:

      • Deducción por inversión en vivienda habitual: se puede deducir un porcentaje de las cantidades pagadas por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.

      • Deducción por maternidad: las madres con hijos menores de tres años pueden deducir un importe fijo por cada hijo nacido o adoptado.

      • Deducción por discapacidad: se pueden aplicar deducciones por los gastos derivados de la discapacidad del contribuyente o de sus ascendientes o descendientes.

      • Deducción por donativos: se puede deducir un porcentaje de las cantidades donadas a determinadas entidades sin ánimo de lucro.

      • Bonificación por ser familia numerosa: las familias numerosas pueden aplicar una bonificación en el impuesto a pagar.

Estas son solo algunas de las deducciones y bonificaciones que se pueden aplicar en la declaración de la renta. Es importante conocerlas todas para poder aplicarlas correctamente y maximizar el ahorro fiscal.

Además, como se trata de un impuesto parcialmente cedido, también tendremos que tener en cuenta las deducciones que establezca cada Comunidad Autónoma.

Novedades en la Campaña de Renta 2023

Novedades para los autónomos

Principal novedad:

  • Todos los autónomos deben presentar la declaración de la renta 2023, independientemente de sus ingresos.
  • Anteriormente, solo era obligatorio si el rendimiento de la actividad superaba los 1.000 euros.

Trabajadores por cuenta ajena

En relación con los empleados, según lo establecido en el BOE, para el año fiscal 2023 se incrementa el límite que exonera de la obligación de presentar declaración en el caso de los ingresos del trabajo contemplados en el artículo 96.3 de la Ley del IRPF (los provenientes de más de un pagador, con las excepciones mencionadas en dicho artículo; las pensiones compensatorias del cónyuge o las pensiones alimenticias no exentas; cuando el pagador no esté sujeto a retención o en el caso de ingresos sujetos a un tipo fijo de retención de IRPF), que ahora es de 15.000 euros (antes estaba fijado en 14.000 €).

Reducción en caso de arrendamiento de viviendas

En el caso del IRPF 2023, se mantiene la reducción del 60 por ciento del rendimiento neto positivo para los ingresos provenientes del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda.

Es crucial mencionar que desde julio de 2021, la Ley del IRPF establece que esta reducción no se aplicará a la parte de los rendimientos generados por ingresos no declarados o gastos indebidamente deducidos en la autoliquidación del contribuyente y que sean regularizados por la Administración.

Además, las nuevas reducciones previstas para los alquileres en zonas tensionadas, introducidas por la Ley de Vivienda, entrarán en vigor para el IRPF 2024, a ser presentado en 2025.

impuesto sobre la renta 2023

Reducción por rendimientos del trabajo

La Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, modificó el artículo 20 de la Ley del IRPF, incrementando tanto el monto de la reducción como el umbral por debajo del cual se aplica.

Así, para la declaración de la renta del año 2023, la reducción se establece en los siguientes montos, dependiendo del contribuyente:

  • Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.047,50 euros: 6.498 euros anuales.
  • Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo entre 14.047,50 y 19.747,50 euros: 6.498 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 euros anuales.

Reducciones para empresarios o profesionales

Para empresarios o profesionales que calculen su rendimiento neto mediante el método de estimación directa, la  Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 aumentó el monto de la reducción en los mismos términos que hemos mencionado para los trabajadores.

Además, para los contribuyentes que utilicen el método de estimación directa simplificada, esta ley estableció que, para el ejercicio fiscal 2023, el porcentaje de deducción para el conjunto de provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación será del 7 por ciento.

En cuanto a los empresarios que apliquen el método de estimación objetiva, podrán reducir su rendimiento neto de módulos obtenido en 2023 en un 10 por ciento.

Aportaciones a sistemas de previsión social

En relación con las reducciones en la base imponible del impuesto, es importante destacar que para el año 2023 se mantiene en 1.500 euros la cantidad máxima que se puede aportar a los planes de pensiones individuales.

Sin embargo, este límite puede aumentar en 8.500 euros cuando el incremento proviene de contribuciones empresariales al sistema de previsión social o de aportaciones realizadas por el trabajador al mismo sistema por un importe igual o inferior a ciertos límites basados en la contribución empresarial. Estos límites varían según se trate de planes sectoriales o planes de pensiones de empleo simplificados.

Deducción por maternidad en la Renta 2023

En el Impuesto sobre la Renta del año 2023, la deducción por maternidad establecida para las madres con hijos menores de 3 años que trabajen por cuenta propia o ajena se extiende a aquellas que se encuentren en situación de desempleo bajo ciertas condiciones.

Específicamente, se considera que siguen realizando una actividad por cuenta propia o ajena, y por lo tanto son elegibles para la deducción, aquellas mujeres que, a partir del 1 de enero de 2020, hayan quedado desempleadas debido a la suspensión de su contrato laboral o a un período de inactividad productiva en el caso de trabajadoras fijas-discontinuas. Esto también incluye a las trabajadoras por cuenta propia que reciben la prestación por cese de actividad debido a la suspensión de su actividad económica (PECATA).

Esta ampliación de beneficiarios entre 2020 y 2023 también abarca los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia de hijos menores de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

En cuanto a esta deducción adicional, es importante destacar que el Tribunal Supremo, en su sentencia n.º 7/2024 (recurso de casación 2779/2022), ha rechazado el criterio de la Administración tributaria, que negaba la deducción para gastos en guarderías que no estuvieran autorizadas como centros educativos infantiles. Por lo tanto, la deducción adicional podrá aplicarse para los gastos de custodia en guarderías, siempre y cuando estas estén autorizadas para el cuidado de menores, sin necesidad de contar con una autorización como centro educativo infantil.

campaña de renta 2023

Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y por instalación de puntos de recargas

En lo que respecta a la deducción por la adquisición de un vehículo eléctrico, el Real Decreto-ley 5/2023  establece que los contribuyentes podrán deducir el 15 por ciento del valor de compra del vehículo eléctrico nuevo (no destinado a actividades económicas), con un límite máximo de deducción de 20.000 euros.

Esta deducción será aplicable tanto si se adquiere el vehículo desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, como si, dentro de ese período, se realiza un pago anticipado al vendedor que represente al menos el 25% del valor de adquisición del vehículo. En este último caso, el vehículo deberá ser comprado y abonado completamente antes de que finalice el segundo período fiscal inmediatamente posterior al pago anticipado, es decir, antes de 2025 (si el pago del 25% fue en 2023) o 2026 (si fue en 2024).

Por otro lado, en cuanto a la deducción por la instalación de sistemas de recarga, el contribuyente podrá deducir el 15 por ciento de las cantidades pagadas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 para la instalación de puntos de recarga destinados a vehículos eléctricos no relacionados con una actividad económica, en un inmueble de su propiedad.

Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética

Por último, es importante mencionar que las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas se han prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024. A continuación, se detallan las características básicas de cada una de estas deducciones:

  1. Deducción del 20 por ciento sobre un máximo de 5.000 euros por vivienda y año, aplicable a obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración en un 7 por ciento.

  2. Deducción del 40 por ciento sobre un máximo de 7.500 euros por vivienda y año, destinada a obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en un 30 por ciento o mejoren la calificación energética de la vivienda a nivel «A» o «B».

En ambos casos, las obras deben llevarse a cabo en la vivienda habitual del contribuyente o en otra de su propiedad que esté alquilada para uso residencial o en expectativa de alquiler, siempre y cuando la vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2025.

  1. Deducción del 60 por ciento sobre un máximo de 5.000 euros por vivienda y año, con un límite total de 15.000 euros, para obras de rehabilitación energética en viviendas ubicadas en edificios mayoritariamente residenciales.

Esta deducción se aplicará en el periodo fiscal en el que se complete la instalación, con un límite máximo de deducción de 4.000 euros después de descontar las ayudas públicas recibidas.

novedades de la renta 2022

Obligados a presentar el impuesto sobre la renta 2023

Además de los que superan los límites de ingresos:

  • Quienes tengan derecho a:
    • Deducción por compra de vivienda (antes de 2013).
    • Deducción por doble imposición internacional.
    • Deducción por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.
    • Deducción por aportaciones a planes de pensiones o mutualidades.
  • Perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
  • Quienes soliciten o deban recibir devoluciones del IRPF.
  • Todos los autónomos, sin importar sus ingresos.

Declaración conjunta vs. individual: ¿Cuál te conviene?

¿Presentar la declaración de la renta de forma conjunta o individual? En el caso de los matrimonios, existe la opción de presentar la declaración de forma conjunta o por separado.

La elección entre ambas modalidades puede tener un impacto significativo en el resultado final de la declaración, ya que las deducciones y beneficios fiscales aplicables pueden variar.

Para tomar la mejor decisión, es importante analizar detenidamente las siguientes variables:

  • Ingresos de cada cónyuge: Si uno de los cónyuges tiene ingresos mucho mayores que el otro, la declaración individual puede ser más favorable.
  • Deducciones disponibles: Algunas deducciones, como la deducción por maternidad, solo pueden aplicarse en una de las dos declaraciones.
  • Otras circunstancias particulares: La existencia de hijos, la discapacidad de uno de los cónyuges, etc., también pueden influir en la decisión.

En general, la declaración conjunta suele ser más beneficiosa cuando:

  • Ambos cónyuges tienen ingresos similares.
  • Hay hijos o personas con discapacidad a cargo.
  • Se pueden aplicar deducciones por vivienda o planes de pensiones.

Sin embargo, la declaración individual puede ser más ventajosa cuando:

  • Uno de los cónyuges tiene ingresos mucho mayores que el otro.
  • Se pueden aplicar deducciones por alquiler o actividad económica individual.

Es recomendable consultar con un profesional para obtener asesoramiento personalizado sobre la mejor opción en cada caso.

Calendario de la campaña de renta 2022

¿Se puede modificar una declaración ya presentada?

¿Has presentado tu declaración y encontrado errores? ¡No te preocupes!

Si tras presentar la declaración de la renta detectas errores u omisiones que o bien te perjudiquen (mayor devolución o menor pago), puedes solicitar la rectificación de la declaración. También puedes usar esta opción para informar de un dato que no afecte al resultado.

Por otro lado, es posible que dichos errores u omisiones perjudiquen a la Hacienda Pública, en cuyo caso deberás presentar declaración complementaria. Veamos:

  • Si los errores u omisiones te causan un perjuicio porque la cantidad a devolver debe ser mayor, o menor la cantidad a ingresar, puedes solicitar la rectificación de la declaración que presentaste.

    En este caso debes presentar una declaración complementaria, que también puedes presentar a través de Renta WEB, accediendo al apartado de declaración «Modificar declaración presentada».

    Puedes solicitar la rectificación de tu autoliquidación accediendo nuevamente a tu expediente de Renta a través de Renta WEB, desde el apartado de declaración «Modificar declaración presentada».

    No podrás solicitar la rectificación si la Administración ya hubiera practicado una liquidación provisional o definitiva por el error u omisión que vas a rectificar, o si ya hubiera transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.

    También puedes solicitar la rectificación de tu declaración de renta presentando un recurso o solicitud de rectificación.

  • Si los errores u omisiones causan un perjuicio a la Hacienda Pública porque la cantidad a devolver deber ser menor, o mayor la cantidad a ingresar, debes presentar una declaración complementaria.

    La nueva autoliquidación debe recoger correctamente todos los datos, por lo que debes incorporar, junto a los que ya reflejaste correctamente en la declaración presentada, los de nueva inclusión o modificación.

    Se restará del resultado de la autoliquidación complementaria presentada el importe que se ingresó en la originaria con errores u omisiones, si ésta fue positiva, o bien se sumará la devolución percibida, si resultó a devolver. El resultado obtenido es la cuota que debes ingresar como consecuencia de la autoliquidación complementaria.

    También debes utilizar esta vía y presentar una declaración complementaria si se dan situaciones o circunstancias sobrevenidas que han motivado que hayas perdido el derecho a una deducción, reducción o exención ya aplicada en una declaración anterior.

¿Qué plazo hay para presentar la declaración de la renta?

El plazo para presentar la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2023 va del 3 de abril al 1 de julio. (Vea en este enlace el Calendario de la campaña de renta 2023-2024)

En caso de resultar a ingresar, se puede domiciliar el pago en cuenta hasta el 26 de junio, con el cargo efectivo el último día del plazo. Es importante tener en cuenta que si el último día del plazo de presentación cae en fin de semana o festivo, se extiende hasta el siguiente día hábil.

Si la declaración resulta a ingresar, se puede efectuar el pago en uno o dos plazos. Si se opta por el segundo plazo y este no se domicilia, es necesario presentar el modelo 102 y efectuar el pago antes del 5 de noviembre del mismo año en que se presenta la declaración.

Impuesto sobre la Renta

Conclusiones

El impuesto sobre la renta de las personas físicas es un impuesto importante que afecta a la mayoría de los ciudadanos en España. Para pagar correctamente este impuesto, es necesario conocer las bases de su funcionamiento y las obligaciones que se derivan del mismo. A través de este artículo, esperamos haberte ayudado a comprender mejor cómo funciona el impuesto sobre la renta y cómo se declara.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el impuesto sobre la renta de las personas físicas?

Es un impuesto que grava la renta o ingresos obtenidos por las personas físicas en un determinado periodo de tiempo.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la renta?

Todos los contribuyentes que hayan obtenido rentas superiores a determinados umbrales establecidos por la ley están obligados a presentar la declaración de la renta.

¿Cómo se calcula el importe del impuesto a pagar?

El importe del impuesto a pagar se calcula en función de las rentas obtenidas por el contribuyente y de las deducciones y bonificaciones a las que tenga derecho.

¿Cuándo se debe presentar la declaración de la renta?

El plazo para la presentación de la declaración de la renta suele comenzar en abril y finaliza en junio del año siguiente al que se refiere la declaración.

¿Qué documentación se necesita para presentar la declaración de la renta?

Es necesario contar con la información relativa a las rentas obtenidas durante el año, así como con las deducciones y bonificaciones aplicables. Además, es necesario contar con el modelo de declaración de la renta correspondiente.

¿Qué son las deducciones y bonificaciones en la declaración de la renta?

Las deducciones y bonificaciones son medidas fiscales que permiten reducir el importe del impuesto a pagar o aumentar el importe a devolver en la declaración de la renta.

¿Qué ocurre si no se presenta la declaración de la renta?

Si no presentas la declaración de la renta en plazo, te expones a sanciones y recargos. Además, Hacienda puede reclamarte la cantidad que no has pagado.

¿Es posible modificar una declaración de la renta ya presentada?

Sí, es posible modificar una declaración de la renta ya presentada en caso de errores o de omisión de datos relevantes.

¿Qué pasa si se presenta la declaración de la renta fuera de plazo?

En caso de presentar la declaración de la renta fuera de plazo, se pueden imponer sanciones y multas por parte de Hacienda.

¿Qué ocurre si el importe a devolver es superior al importe a pagar?

En caso de que el importe a devolver sea superior al importe a pagar, Hacienda devolverá la diferencia al contribuyente.

¿Qué ocurre si el importe a pagar es superior al importe a devolver?

En caso de que el importe a pagar sea superior al importe a devolver, el contribuyente deberá abonar la diferencia a Hacienda.

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Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado en Abril de 2024 por su relevancia.

 

 

Fuentes:

    • CEF.- Fiscal Impuestos
    • Iberley
    • Agencia Tributaria

Puede consultar la norma íntegra aquí:

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