Deducción del sueldo de los administradores en el Impuesto sobre Sociedades

La deducción del sueldo de los administradores en el Impuesto sobre Sociedades ha sido objeto de debate en los últimos años. La reciente sentencia del Tribunal Supremo marca un cambio en favor de reducir las exigencias formales para determinar la deducibilidad del gasto. En lugar de enfocarse en las formalidades, la sentencia destaca la importancia del servicio real prestado y la contabilización del gasto en cuestión. Según el Tribunal Supremo, se pueden deducir si se cumplen requisitos como estar registrados contablemente y poder justificar el pago. 

El debate, en resumen, se centra en si es necesario aplicar de manera estricta el cumplimiento de formalidades societarias y contractuales para asegurar la deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de las retribuciones a los administradores. Estas formalidades buscan proteger a los accionistas minoritarios y rigen los pagos a los administradores de la empresa.

Además, en sociedades con socio único no es necesario un acuerdo en la junta. También se permite la deducción de las remuneraciones de los socios que son administradores o consejeros. Es importante mantener una correcta contabilidad y registro en la empresa.

Si eres dueño de una empresa o estás involucrado en su gestión, este artículo elaborado por nuestro departamento de Asesoría Fiscal en Madrid te proporcionará información valiosa sobre cómo puedes aprovechar esta opción para disminuir tu carga fiscal. Acompáñanos en este recorrido por las complejidades del mundo fiscal y descubre cómo el sueldo de los administradores pueden jugar un papel crucial en tus obligaciones tributarias.

Un poco de historia sobre esta controversia

Como adelantamos en la introducción de este artículo, el último episodio de este debate llega de la mano de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo 875/2023, emitida el 27 de junio. Esta sentencia parece estar acercándonos a una resolución a este debate, generando expectativas favorables para el contribuyente corporativo en esta prolongada disputa con la Administración Tributaria.

En síntesis, el debate radica en si la rigurosa aplicación de las formalidades societarias y contractuales, establecidas para salvaguardar a los accionistas minoritarios y regular las retribuciones de los administradores de una empresa, debe ser un requisito estricto e ineludible para lograr la deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de los gastos derivados de estas retribuciones.

La sentencia del Tribunal Supremo ha tenido un impacto significativo al inclinarse hacia la reducción de las demandas formales que determinan la deducibilidad del gasto. En lugar de enfocarse en estas formalidades, la sentencia resalta la importancia del servicio real proporcionado y la contabilización precisa de dichos gastos.

Contexto normativo

El artículo 217 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) establece que los Estatutos de la sociedad deben explicitar (si así se acuerda) el carácter remunerado del cargo de administrador, especificando el sistema de remuneración y los conceptos asociados. Además, la Junta General debe aprobar el importe máximo anual para retribuir a todos los miembros del órgano de administración. Por su parte, el artículo 249 de la misma ley establece que, en caso de consejero delegado o con funciones ejecutivas, se requiere un contrato firmado entre él y la sociedad, aprobado por el consejo de administración con el voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros.

En el ámbito jurídico, la jurisprudencia de la sala de lo Social del Tribunal Supremo manifiesta que las funciones de los directivos de una compañía en su relación laboral de alta dirección se ven absorbidas por su condición de administradores de la sociedad. Esto es especialmente relevante cuando el alto directivo también ocupa el cargo de administrador, ya que ambos roles ejercen poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa, en relación con los objetivos generales de la misma.

Esta compleja situación fiscal enfrentada por muchas empresas radica en que las principales retribuciones a sus administradores, relacionadas no tanto con sus funciones deliberativas como con sus funciones ejecutivas (de gestión de la sociedad bajo un contrato laboral de alta dirección), han sido cuestionadas desde el punto de vista fiscal debido a rigurosos requisitos formales establecidos por la LSC.

Fundamentos para la No Deducibilidad de la remuneración

Partiendo de la premisa fundamental que rige la construcción de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, según se establece en el artículo 10.3 de su Ley reguladora, en la cual se establece que dicha base se deriva del resultado contable correctamente formulado, y que cualquier corrección solo puede realizarse conforme a las reglas específicas establecidas en el marco de la ley del impuesto, es necesario encontrar en estas reglas una justificación para la no deducibilidad de un gasto que ha sido adecuadamente registrado en la contabilidad.

En este contexto, la Administración ha hallado en el concepto de «liberalidad» el argumento técnico para denegar la deducibilidad de las retribuciones de los administradores que carecen de las formalidades legales requeridas. Sin embargo, la clasificación de estos gastos como «liberalidad» no deducible en el Impuesto sobre Sociedades no surge tanto de su verdadera naturaleza como «liberalidad», sino más bien de la contradicción de dicho gasto con el ordenamiento jurídico cuando no cumple con los requisitos establecidos por la normativa mercantil.

Deducción del sueldo de los administradores en el impuesto de sociedades

Deducción del sueldo de los administradores en el Impuesto sobre Sociedades

En línea con los expuesto hasta ahora acerca de la deducción del sueldo de los administradores en el Impuesto sobre Sociedades, la reciente sentencia del Tribunal Supremo n.º 875/2023, de 27 de junio, ha abordado, desde la perspectiva del interés casacional, fijando la siguiente jurisprudencia:

«1) Las retribuciones percibidas por los administradores de una entidad mercantil y que consten contabilizadas, acreditadas y previstas en los estatutos de la sociedad no constituyen una liberalidad no deducible -art. 14.1.e) TRLIS- por el hecho de que la relación que une a los perceptores de las remuneraciones con la empresa sea de carácter mercantil y de que tales retribuciones no hubieran sido aprobadas por la junta general, siempre que de los estatutos quepa deducir el modo e importe de tal retribución, como sucede en este caso.

2) En el supuesto de que la sociedad esté integrada por un socio único no es exigible el cumplimiento del requisito de la aprobación de la retribución a los administradores en la junta general, por tratarse de un órgano inexistente para tal clase de sociedades, toda vez que en la sociedad unipersonal el socio único ejerce las competencias de la junta general (art. 15 TRLSC).

3) Aun en el caso de aceptarse que fuera exigible legalmente este requisito previsto en la ley mercantil -para ejercicios posteriores a los analizados-, su inobservancia no puede comportar automáticamente la consideración como liberalidad del gasto correspondiente y la improcedencia de su deducibilidad».

Requisitos para la deducción de las retribuciones de los administradores

  • Las retribuciones deben estar correctamente registradas en la contabilidad de la empresa, siguiendo las normas contables establecidas.
  • Debe ser posible acreditar el pago de las retribuciones mediante justificación documental, como los extractos bancarios correspondientes.
  • Para que la deducción sea válida y para evitar posibles problemas con la Agencia Tributaria, es necesario que estos salarios estén previstos en los estatutos de la empresa, junto con la especificación de la forma y el monto de la retribución. El Tribunal Supremo ha establecido que si los estatutos realmente detallan la remuneración del cargo de administrador y la forma de pago, la falta de un acuerdo en la junta no es motivo suficiente para negar la deducibilidad en el impuesto sobre sociedades.
  • En el caso de una sociedad con un único socio, el requisito de aprobación de la retribución de los administradores en la junta general no tiene sentido, ya que este órgano no existe para tales transacciones en una sociedad unipersonal. En este contexto, el socio único asume las funciones de la junta general.

Excepciones para sociedades con socio único

Como hemos indicado, en el caso de sociedades con un único socio, no es necesario cumplir con el requisito de aprobación de la retribución en junta general. Esto permite una mayor flexibilidad en la deducción de los sueldos de los administradores en estas sociedades.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha emitido diversas sentencias respecto a la deducción de los sueldos de los administradores en el Impuesto sobre Sociedades, aunque no ha brindado una claridad absoluta al respecto. Sin embargo, en una sentencia reciente, se establece que las retribuciones de los administradores son deducibles si se cumplen los requisitos mencionados anteriormente.

Deducción del sueldo de los administradores en el impuesto de sociedades

Consideraciones sobre la remuneración de socios que son administradores o consejeros

La remuneración de los socios que desempeñan funciones de administradores o consejeros en una sociedad plantea ciertas consideraciones importantes. A continuación, se abordarán dos aspectos relevantes en este tema: inclusión en los estatutos y efectos fiscales de la remuneración en cargos gratuitos.

Inclusión en los estatutos

Para asegurar la deducibilidad de la remuneración de los socios administradores o consejeros en el Impuesto sobre Sociedades, es fundamental que dicha remuneración esté prevista y regulada en los estatutos de la sociedad. En estos documentos, se deben establecer de manera clara la forma de retribución y la cuantía correspondiente.

La inclusión de la remuneración en los estatutos otorga certeza jurídica y respaldo a la deducción de los sueldos en el Impuesto sobre Sociedades. No es necesario contar con un acuerdo en junta para deducir estas retribuciones si los estatutos ya establecen dicha remuneración.

Efectos fiscales de la remuneración en cargos gratuitos

En algunos casos, los socios pueden desempeñar funciones de administradores o consejeros de manera gratuita, es decir, sin percibir una remuneración por su labor. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la percepción de una remuneración, incluso en cargos gratuitos, puede tener efectos fiscales tanto para la sociedad como para el propio administrador.

En primer lugar, desde el punto de vista de la sociedad, si se percibe una remuneración en un cargo gratuito, este gasto no será deducible en el Impuesto sobre Sociedades. Así, la sociedad perderá la posibilidad de reducir su base imponible con esta deducción.

En segundo lugar, desde el punto de vista del administrador, si percibe una remuneración en un cargo gratuito, deberá incluir este ingreso como una renta en su declaración de impuestos personal. Esto puede suponer un aumento de su carga tributaria individual.

Deducción del sueldo de los administradores en el impuesto de sociedades

Importancia de la correcta contabilidad y registro en la empresa

La correcta contabilidad y registro de las retribuciones de los administradores en el Impuesto sobre Sociedades es de vital importancia para asegurar la deducción de dichos gastos. Esto implica llevar una contabilidad rigurosa y detallada, siguiendo las normas contables establecidas.

Es fundamental que todas las retribuciones de los administradores estén correctamente registradas en los libros contables de la empresa, reflejando de manera precisa y transparente los pagos realizados. Para ello, es necesario contar con justificación documental, como extractos bancarios, que respalden el pago de dichas retribuciones.

Además, es imprescindible que las retribuciones estén previstas en los estatutos de la sociedad, indicando de forma clara y específica la forma de retribución y su cuantía. Esta información debe estar establecida desde el inicio de la sociedad, no siendo necesario un acuerdo específico en la junta para poder deducir las retribuciones en el Impuesto sobre Sociedades.

Es importante destacar que en sociedades con un socio único, se exceptúa el requisito de aprobación de la retribución en la junta general. No obstante, se debe tener presente que los sueldos de los administradores deben estar claramente definidos y respaldados en los estatutos de la sociedad.

Una correcta contabilidad y registro también es relevante para evitar perjuicios tanto para la sociedad como para los administradores. Si una remuneración se percibe de forma gratuita o sin cumplir con los requisitos legales, puede generar consecuencias fiscales negativas. La sociedad no podrá deducir ese gasto, lo que impactará en su resultado económico, mientras que el administrador deberá declarar dicha remuneración como una renta en su declaración de impuestos, lo que puede resultar en un mayor pago de impuestos por su parte.

La Retribución del socio por funciones diferentes a la de administrador

En el contexto de la deducción del sueldo de los administradores, surge un escenario particular: la retribución del socio por labores distintas a las de su rol de administrador, esto es, por prestar servicios a la sociedad como un trabajador más, si realiza funciones de trabajador. Para abordar esta situación, es fundamental analizar diversos elementos y clasificar la actividad de la empresa, ya que esto tendrá un impacto en el tratamiento fiscal y legal de dichos pagos.

Si la actividad se encuadra en la Sección Segunda de las tarifas del IAE como una actividad profesional, y el socio administrador realiza funciones similares a las de la empresa y está obligado a encuadrarse como autónomo societario, emitir facturas se convierte en un requisito esencial. Esto implica que el socio debe registrarse fiscalmente en el epígrafe correspondiente.

En tal caso, esta percepción se considera una actividad económica en lugar de un rendimiento de trabajo. Se debe emitir una factura con una retención legal del 15% (7% durante el primer año y los dos siguientes para nuevos profesionales) y el IVA aplicable según corresponda.

Por otro lado, si las condiciones anteriores no se cumplen, el socio administrador podría recibir un salario. La retención aplicable se calculará en función de su situación personal y familiar, siguiendo las tablas de retención general del IRPF.

En resumen, para establecer un modelo de retribución adecuado para los socios administradores, es esencial que las empresas consideren tanto la naturaleza de su actividad como la redacción de sus estatutos. Esto garantiza el cumplimiento total de los requisitos legales exigidos por las regulaciones fiscales y comerciales relacionadas con la retribución. Ignorar estos aspectos podría exponer a la empresa a posibles incumplimientos tributarios.

Deducción del sueldo de los administradores en el impuesto de sociedades

Importancia de la Deducción del Sueldo de los Administradores

En resumen, la deducción del sueldo de los administradores es una estrategia valiosa para reducir la carga fiscal en el impuesto sobre sociedades. Al considerar los sueldos y compensaciones de los administradores como gastos deducibles, las empresas pueden disminuir sus ingresos sujetos a impuestos y, en última instancia, ahorrar recursos financieros. Sin embargo, es crucial cumplir con los requisitos de razonabilidad y sustancialidad, así como mantener una documentación precisa para respaldar los montos deducidos.

En este camino hacia la optimización fiscal, es esencial buscar el consejo de expertos en la materia y mantenerse al tanto de los cambios normativos. Aprovechar todas las oportunidades legales para reducir la carga tributaria es una responsabilidad financiera y estratégica que puede tener un impacto positivo en la salud financiera y el crecimiento de tu empresa.

Preguntas Frecuentes

  1. ¿Cómo se gravan las retribuciones de los administradores de sociedades? Las retribuciones de los administradores de sociedades suelen estar sujetas a una retención fija del 35% en términos generales.

  2. ¿Qué retención se aplica a los administradores societarios? Para los administradores societarios, se aplica una retención fija del 35% sobre las retribuciones. Este porcentaje disminuye al 19% para sociedades con cifra de negocios inferior a 100.000 euros.

  3. ¿Cuándo debe un administrador ser autónomo? Los administradores de Sociedades Limitadas deben ser autónomos si desempeñan funciones de gerencia, reciben remuneración directa y poseen un 25% de participaciones.

  4. ¿Cuál es la diferencia entre autónomo y autónomo societario? Un autónomo clásico trabaja por cuenta propia, mientras que el autónomo societario, además, administra o figura como socio en una empresa.

  5. ¿Cómo perciben ingresos los socios de una sociedad limitada? Los socios de una sociedad limitada pueden recibir ingresos de varias maneras: a través de su participación en la sociedad, por su trabajo en la misma (como gerentes o administradores) y por los beneficios obtenidos.

  6. ¿Cómo se grava la nómina de un autónomo societario? La nómina de un autónomo societario se grava como rendimiento del trabajo, incluso si cotiza en el RETA como autónomo. En este caso, no debe liquidar ni presentar impuestos propios de autónomos con actividad propia.

  7. ¿Qué implica ser administrador único de una sociedad limitada? El administrador único de una sociedad limitada es una persona física encargada de gestionar la sociedad y llevar a cabo sus funciones. Se presume que actuará de buena fe y velará por el cumplimiento legal.

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Fuentes:

    • CEF – Fiscal Impuestos
    • Iberley
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